Conoce ahora cuál sería la multa en el caso de que una persona esté trabajando como empleada del hogar a cambio de un salario y no está dada de alta en la Seguridad Social. Averigua según la Inspección de Trabajo qué tipo de falta puedes enfrentarte y la cuantía de la multa en el caso de incumplir con esta obligación como empleador. En este sentido, cuando una persona está realizando una actividad en el ámbito del hogar familiar a cambio de una remuneración, la Ley obliga a que esté de alta en la Seguridad Social.
Por lo tanto, si empleada del hogar no está dada de alta se considera una falta grave, de la que es responsable el empleador y puede sancionarse por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con una multa que puede variar entre 626 y 6.250 euros. Por ello, conviene que antes que comience a prestar servicio en tu casa, esté todo en regla para evitar una multa.
Además, en el peor de los casos esta persona puede tener un accidente en tu hogar. En relación con esto, según la Comunidad de Madrid “son las amas de casas o las empleadas del hogar las que tienen más riesgo de sufrirlos. Por consiguiente, un hogar aparentemente seguro entraña numerosos riesgos que hay que aprender a reconocer para evitar accidentes de diversas causas: caídas, golpes, quemaduras, heridas, intoxicaciones”. Por este motivo también se hace necesario el alta, ya que tiene como consecuencia contar con su seguro en caso de accidente o enfermedad profesional.
Finalmente, no dudes en contactar con nosotros si quieres que te ayudemos con el Alta de tu empleada del hogar. Nuestro servicio es muy económico.